El tribunal entendió que el accionante había cumplido lo necesario ante la Comisión Médica para solicitar el pago, y que ésta no podía decidir al respecto en la instancia judicial
Al interpretar que el accionante instó y concluyó la “divergencia en la determinación de la incapacidad” ante la Comisión Médica Jurisdiccional (CMJ), la Sala 11ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba confirmó la resolución del tribunal que validó que aquél cumplía con los requisitos para que se admitiera la acción por la cual reclamó el reintegro de lo abonado por la prestación en especie por el cambio de una prótesis, aunque ello no implicó anticipar criterio sobre su procedencia.
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