En la causa, una aseguradora de riesgos del trabajo no acreditó ninguna razón eximente para que el tribunal se apartara de la regla general que rige tales casos
Al advertir de que el incidentista tardío, Prevención ART, no demostró ninguna justificación para apartarse de la regla general de que las costas son a su cargo por no haber verificado su crédito tempestivamente, en este caso en la quiebra de Lodicor SRL, la Cámara 2ª en lo Civil y Comercial de Córdoba rechazó la apelación presentada y confirmó la sentencia que le cargó los gastos causídicos.
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