En el pleito se demostró que la accionista prestaba tareas de enfermería en horario nocturno, desvinculándose de responsabilidad a un médico y al hijo de la propietaria del establecimiento, por no ser los titulares de éste El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.
La relación de dependencia como puerta de entrada al esquema protectorio laboral y su necesidad de reforma
Por Lucas J. Battiston (*) En un muy interesante fallo dictado por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del...