La jueza Gabriela Benítez de Baigorrí (50ª Nominación en lo Civil y Comercial de Córdoba) condenó al Superior Gobierno de la Provincia a abonar más de 300 mil pesos al propietario del inmueble donde funcionaba la Dirección de Procesamiento Electrónico de Datos de la Provincia en concepto de alquileres, expensas y daños en la propiedad, destacando que “de la constatación realizada en presencia de las dos partes litigantes y ante escribana pública (…), como de las fotografías tomadas en el mismo acto y que se acompañan a los presentes, surgen inequívocos los daños que alega la parte actora”.
La demanda fue entablada por Dante Oscar Clerc, dueño del salón ubicado en la planta baja del Edificio Venecia, sito en avenida Figueroa Alcorta Nº 71, donde funcionó la citada Dirección desde 1977 hasta abril del 2000, denunciando -entre otras cuestiones- que “desde el mes de julio de 1997 en adelante el locatario no pagó más los arrendamientos”.
La magistrada hizo lugar a la acción por cobro de pesos y ordenó a la Provincia abonar 281.202 pesos por alquileres, 18.304 pesos por expensas y 34.907 pesos por los daños verificados en el local al momento de su restitución.
Divergencia
Con relación a este último rubro, el fallo puntualizó que “aun cuando exista divergencia entre las partes entre los deterioros que ha sufrido el local con el transcurso del tiempo, teniendo en cuenta que fue alquilado a estrenar (…) y que en cada contrato se pactaba, expresamente, que el inmueble debía ser restituido de conformidad al informe del estado de propiedad producido por la Dirección de Arquitectura (…); de la constatación realizada en presencia de las dos partes litigantes y ante escribana pública (…) surgen inequívocos los daños que alega la parte actora” y “esto concuerda en un todo con la constatación que realiza días más tarde el actor ‘in audita parte’, ante escribana pública”, así como también de los testimonios de la causa.