El dictamen del procurador del Tesoro, Carlos Zannini, a favor del reclamo del ex vicepresidente Amado Boudou, sancionado por su rol en la trama “Ciccone”, generó polémica y las previsiones de la ley 24018 comenzaron a debatirse
El diputado nacional Facundo Suárez Lastra presentó un proyecto para que se modifique la Ley de Jubilaciones y Pensiones de funcionarios públicos, para evitar que las personas con condenas judiciales reciban pensiones vitalicias.
Recientemente, el dictamen del procurador del Tesoro, Carlos Zannini, a favor del reclamo del ex vicepresidente Amado Boudou, responsabilizado y sancionado con cinco años y medio de prisión por su rol en la trama “Ciccone”, por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública, generó una ardua polémica y las previsiones de aquella normativa comenzaron a debatirse.
Boudou, de 57 años, perdió el beneficio tras ser condenado. Accedió a la prisión domiciliaria a principios de abril, por riesgo de contagio de covid-19 en la cárcel, pese a que no integra el grupo de riesgo.
Ya instalado en su vivienda, Boudou solicitó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que se le abonara la pensión que no percibió durante 57 meses, que ronda los 300 mil pesos.
Zannini revocó los decisorios que le impedían acceder al beneficio, al calificar como nulas las medidas dictadas en su momento por la Anses y la Oficina Anticorrupción (OA).
Así, abrió la posibilidad de que Boudou presente su reclamo ante la Anses y la Justicia. Si prospera, cobrará 200 mil pesos mensuales y se le devolverán cerca de 20 millones.
Confianza
Ahora, el radical Suárez Lastra plantea que la “ola de indignación en la opinión pública” que generó el dictamen se Zannini demuestra que la ley “merece ser modificada”.
“La Argentina enfrenta desde hace décadas una lucha contra la corrupción que no puede continuar si no es a través de la ejemplaridad y probidad de sus funcionarios públicos. Si bien centrarse en un mero enfoque punitivo no resuelve las raíces del problema, sí puede desincentivar conductas reprochables, al mismo tiempo que restaura en la población la confianza en las instituciones democráticas”, escribió el diputado de Juntos por el Cambio en su protecto.
La iniciativa, que apunta a modificar el artículo 29 de la ley 24018, detalla que no podrán cobrar el beneficio quienes fueran removidos por mal desempeño de sus funciones o condenados por delitos en contra del orden público, la seguridad de la Nación, los poderes públicos y el orden constitucional, la Administración pública, la fe pública y el orden económico y financiero.
El objetivo es que la normativa quede actualizada, para cumplir con la Convención de la Organización de Naciones Unidas contra la Corrupción, oportunamente ratificada por el Estado argentino.
Domiciliaria
-Boudou accedió al beneficio de la prisión domiciliaria a principios de abril.
-Actuando como juez de Ejecución, Daniel Obligado, del Tribunal Oral Federal 4, que llevó adelante el juicio por “Cicone”, admitió el planteo de su defensa.
-“El actual contexto mundial de emergencia sanitaria a causa del Covid-19 trastoca prácticamente todas las pautas de las relaciones interpersonales”, argumento el magistrado, pese a que, días antes, junto a sus pares, había establecido que la pandemia no era motivo para disponer salidas automáticas.
-Obligado tomó en cuenta que Boudou tiene dos hijos y que su pareja es el único sostén emocional de los infantes. También hizo hincapié en la “falta de firmeza” de “la pretendida condena” que se le impuso.
-La alarma por el peligro de propagación del virus potenció la crisis del sistema penitenciario y Boudou fue el primer preso por hechos de corrupción que reclamó salir de la cárcel, el 17 de marzo.
-La Corte Suprema de Justicia de la Nación, primero, y el Tribunal Oral Federal 4, después, le negaron la domiciliaria, pero Obligado cambió de opinión y se la concedió.
Noviembre de 2018
-En noviembre de 2018, a través de una resolución, la Anses le denegó a Boudou la asignación vitalicia como ex vicepresidente, por su condena en “Ciccone”-
-Para tomar esa decisión, consultó a la OA, que determinó que se debía rechazar la petición del ex funcionario.
-La oficina que en ese momento dirigía la ultramacrista Laura Alonso concluyó que era “jurídicamente incompatible” otorgarle el beneficio a quien cometió un delito en ejercicio de la función pública y en perjuicio del Estado.
-El rechazo se basó en el artículo 29 de la ley 24018, que establece que los beneficios de la asignación mensual no alcanzan a los funcionarios removidos por mal desempeño de sus funciones.
-La Procuración del Tesoro también entendió que la Anses estaba en condiciones de desestimar el otorgamiento de la asignación mensual vitalicia solicitada por el ex vicepresidente.
-Entre los fundamentos para rechazar el pedido de Boudou, la OA destacó que, al tratarse de una asignación graciable y sin carácter previsional, se debe otorgar como contraprestación al honor y al mérito por el ejercicio del cargo.
-La Anses también se basó en los principios sostenidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en otro caso similar, cuando negó el derecho a una jubilación de privilegio al ex miembro de ese tribunal, Antonio Boggiano