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Comercio y Justicia Capacitaciones

Procesamientos por retiros por invalidez y jubilaciones falsos

14 noviembre, 2018
Demora en vía administrativa no habilita acción de amparo
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Entre los involucrados en el caso hay dos médicos. El perjuicio ocasionado a la Administración pública mediante las maniobras investigadas se estima en 100 millones de pesos. Las medidas se dictaron luego de una profundización de la pesquisa

Como consecuencia del requerimiento formulado por la Fiscalía Federal Número 2 de Mar de Plata, a cargo de Nicolás Czizik, se amplió el objeto procesal de la causa en la cual se investiga a una asociación ilícita dedicada a gestionar y obtener beneficios previsionales y de la seguridad social ilegítimos -como jubilaciones y retiros por invalidez-.
Por el avance de la pesquisa, el juez Santiago Inchausti procesó por defraudar a la Administración pública a otras 20 personas: dos médicos y 18 solicitantes.
El fallo llega un mes después de que se concretaron más allanamientos, en función de la nueva denuncia que realizó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), por múltiples irregularidades descubiertas en la tramitación, pago y cobro indebido de beneficios de Retiro Transitorio por Invalidez (RTI).
La fiscalía reclamó con éxito que se contemplaran los nuevos supuestos denunciados por el organismo.

Se trata de haberes ilegítimos de entre 4.000 y 20 mil pesos, con retroactivos que alcanzan hasta un millón y medio de pesos.
Entre las patologías que citaban los galenos involucrados se repitió la “Reacción Vivencial Anormal Neurótica”, en distintos grados.

En todos los supuestos se constató el mismo método para defraudar las arcas del Estado: un determinado beneficiario iniciaba el trámite ante la Unidad de Atención Integral (UDAI) de Mar del Plata, bajo el patrocinio letrado de dos de los imputados, casi en todos los casos. Con el fin de obtener y reunir los requisitos exigidos por ley, se falseaban relaciones laborales, con empleadores inexistentes.
A su vez, el beneficiario citaba alguna enfermedad, los médicos la certificaban y eran evaluados por personal de la Comisión Médica 12, que le otorgaba un determinado porcentaje de incapacidad que no era, en la mayoría de los casos, el que la ley exige para habilitar la concesión de pensiones.
Por lo tanto, apelaban el dictamen ante la Comisión Médica Central, con asiento en la ciudad de Buenos Aires, que dictaminaba un porcentual de incapacidad que tampoco alcanzaba.
De esta manera, tomaba intervención la Cámara Federal de Seguridad Social que, previo a resolver, solicitaba vía exhorto a los juzgados federales civiles de la ciudad que el beneficiario fuera revisado por un perito médico oficial o de un centro médico público. Según destacó el juez al dictar los procesamientos, para que pudieran intervenir los profesionales implicados, la organización delictiva fijaba el domicilio de los beneficiarios en Mar del Plata.
Pudo demostrarse que en esos trámites se simuló la intervención de médicos del Hospital Interzonal General de Agudos pero que, en realidad, los pacientes no eran revisados allí ni los médicos que suscribían los informes, pese a formar parte del plantel, lo hacían en tal carácter.
De hecho, aunque el nosocomio había informado en varias oportunidades que no realizaba peritajes, los dictámenes aparecían suscriptos por galenos que se desempeñaban allí, en hojas membretadas, sin trámite interno alguno, alterando los porcentajes de discapacidad requeridos por la ley.

Paralelamente, se probó que los miembros del estudio jurídico investigado derivaban a los clientes al consultorio de uno de los imputados, a los fines de que extendiera un certificado médico, historia clínica o un resumen para acreditar su supuestas incapacidad física y/o psíquica, y que luego se presentaban ante la Comisión Médica Número 12 con el fin de tramitar un RTI. En forma similar, el otro médico -especialista en psiquiatría- examinaba a los clientes del estudio y extendía certificados médicos con la patología “Reacción Vivencial anormal Grado III”, a los fines de que obtuviera un beneficio de retiro transitorio por invalidez.
El magistrado detalló, caso por caso, la responsabilidad de los beneficiarios indagados y sostuvo que se corroboró en el marco de la investigación que se valieron de las maniobras ilegítimas desarrolladas por la organización delictiva.

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