domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Preventiva por robo con armas de fuego a sucursal del Correo

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El juez federal Alejandro Sánchez Freytes procesó y dictó prisión preventiva en contra de dos imputados por considerarlos presuntos coautores responsables del delito de robo agravado por el empleo de armas de fuego, afirmando que “sin lugar a dudas, Alvarez, Araya y Arias –prófugo- tuvieron el codominio del hecho, ya que existía una división funcional de las tareas de acuerdo con un plan común que consistía en el robo al lugar antes señalado”.
Según los hechos, los imputados Esteban Maximiliano Alvarez –también procesado en la causa por tenencia ilegítima de DNI ajeno-, César Juan Domingo Araya y Cristián Andrés Arias, “previo acuerdo actuando de consuno, se habrían hecho presentes con fines furtivos en la Sucursal Villa Allende de la oficina del Correo Oficial de la República Argentina (Correo Argentino) en la ciudad de Villa Allende, Provincia de Córdoba”, momento en que uno de los sujetos habría saltado el mostrador, ingresando así al sector reservado a los empleados y luego se habría dirigido a una oficina sustrayendo el dinero (sería el encartado Arias).

“En tanto que el encartado Alvarez -mientras el coimputado Arias sustraía el dinero, celulares y estampillas- habría sido el encargado de apuntar con un arma de fuego desde el salón de atención al público a los empleados intimándolos, mientras que Araya, quien portaba un arma de fuego, también habría permanecido en el mencionado salón reduciendo a una clienta del lugar”, según testimonios del personal actuante.
También se resaltó que dicho personal “procedió a la aprehensión de los imputados, en razón de que éstos fueron sorprendidos in fraganti, inmediatamente después de cometer el delito de robo a la sucursal del correo de Villa Allende, mientras eran perseguidos en todo momento (…), no vulnerando de esta forma garantía constitucional alguna”, agregando además que la penalidad agravada del robo calificado por el uso de arma de fuego reiterado“estriba no sólo en el poder intimidatorio sino también en un primer nivel de peligro para la vida o integridad física de la víctima”.

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