Un juzgado correntino condenó a un hombre a nueve meses de prisión condicional por no haber cumplido los deberes de asistencia familiar. La audiencia se realizó a través de una videoconferencia con un juzgado de Puerto Madryn, ya que el procesado se encontraba en esa ciudad.
El caso de originó cuando una mujer denunció, en diciembre del año 2013, ante la Fiscalía de Instrucción y Correccional N° 2 de Corrientes, que su expareja, marino mercante, no cumplía con sus deberes de asistencia familiar y aprovechaba que se encontraba radicado en el sur por trabajo.
La demandante expuso que por un plazo estimado de tres años, aun contando con medios económicos suficientes y con conocimiento de su obligación como padre, no cumplió con la prestación de los medios indispensables para la subsistencia del hijo en común, quien además posee una discapacidad.
Durante la audiencia se constató que si bien el padre cumplió en un primer momento con lo acordado, esto se interrumpió en forma imprevista y sin razón alguna y que, a pesar de intentar llegar a un entendimiento, la mujer finalmente acudió a la Justicia ante el silencio del procesado.
El magistrado explicó que el hombre voluntariamente se sustrajo de cumplir con sus obligaciones, sin que existiera ninguna causal que justificara su accionar. Al analizar el resto de las pruebas, se acreditó el hecho, la autoría y responsabilidad del padre.
La audiencia se realizó con la colaboración del juzgado de turno de Puerto Madryn, donde el procesado se hallaba detenido, producto de haber sido declarado en rebeldía.
El titular del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 3 de Goya (Corrientes) le impuso la pena de nueve meses de prisión en suspenso y le otorgó en forma inmediata la libertad. Destacó el valor de la tecnología en casos como éste, como forma de economizar recursos y ahorrar tiempo?.