viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Por el 2×1 piden investigar a los tres jueces de la Corte

Guillermo Marijuán. El agente describió la trama de concesiones irregulares.
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El fiscal Guillermo Marijuan solicitó que se abra una causa contra Elena Highton de Nolasco,
Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. Les adjudica a esos ministros -quienes conformaron
la mayoría del voto que benefició a un represor- la presunta comisión del delito de peculado

El fiscal Guillermo Marijuan solicitó que se abra una causa judicial contra los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, quienes con su voto avalaron que se aplicara el cómputo del 2 por 1 para beneficiar al represor condenado por crímenes de lesa humanidad Luis Muiña.
El pedido de Marijuan surgió a raíz de una denuncia presentada por  el ex legislador porteño Marcelo Parrilli, quien entiende que los magistrados cometieron el delito de prevaricato.
“Este acusador público considera que la solución brindada por los juristas podría contrariar el contrato social de los argentinos y la política de Estado sostenida por sus tres poderes para perseguir, juzgar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar”, argumentó el fiscal en su dictamen.
El expediente quedó a cargo del juez Daniel Rafecas, quien deberá decidir si acepta el punto de vista del instructor y avanza con la causa.
Rafecas visitó oportunamente el Hospital Posadas -donde desarrolló su accionar Muiña, durante la dictadura cívico-militar- para tomarles declaración a testigos y víctimas.
La sentencia de la Corte que convalidó el cómputo del 2 por 1 para Muiña generó una ola de reclamos de otras personas que están en una situación procesal similar, pero los tribunales inferiores pueden apartarse del criterio del Máximo Tribunal.

Proyecto de ley
Luego de las críticas que generó el fallo, el Congreso analizaba anoche un proyecto para limitar la aplicación de la ley 24390, sancionada en 1994 y derogada en 2001.
Mediante un pedido de la diputada de Libres del Sur, Victoria Donda, para un apartamiento del reglamento, que fue aceptado por los distintos bloques, el plenario de la Cámara Baja debatía, al cierre de esta edición, una iniciativa para que la ley en la que se amparó la CSJN para otorgar el beneficio al represor Muiña no sea aplicable a delitos de lesa humanidad, actos de genocidio y crímenes de guerra.
El debate de un proyecto se iba a realizar al final de la sesión para poder acordar un solo dictamen basa do en los seis proyectos que presentaron legisladores de diferente extracción política. En la mayoría de las iniciativas se plantea eliminar cualquier amnistía o indulto a los genocidas y se especifica que no se podrá aplicar la ley del 2 x 1 a los condenados por delitos de lesa humanidad.
Los diputados que han presentado proyectos son Donda, la socialista Alicia Ciciliani, el kirchnerista Héctor Recalde, los macristas Daniel Lippvtezky y Pablo Tonelli, y Remo Carlotto, del Movimiento Evita.
Por su parte, el Senado convocó a sesión especial para debatir hoy el proyecto de ley que surja de Diputados. Durante la sesión de esta cámara, la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, y representantes de Madres de Plaza de Mayo, como Taty Almeida y Vera Jarach, entre otras, fueron aplaudidas de pie por los diputados.

Fallo de la Corte dio sustento a domiciliaria para detenido por crímenes de la Triple A

El juez federal Walter López Da Silva dispuso que el ex militante justicialista Osvaldo Pallero, quien permanecía alojado con prisión preventiva en una unidad penal de La Pampa en el marco de una causa por crímenes de la Triple A perpetrados entre 1974 y 1975, en plena democracia, cumpla arresto domiciliario en la vivienda de un familiar, en la ciudad de Bahía Blanca.
Para fundamentar su decisorio el juez citó el reciente fallo del 2 por 1 dictado por el voto mayoritario de la Corte Suprema de Justicia.

Principios
López Da Silva plasmó las consideraciones de Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz en autos “Muiño” y reiteró el argumento central de la sentencia, consistente en que “la mejor respuesta que una sociedad respetuosa de la ley puede darle a la comisión de delitos de lesa humanidad y la única manera efectiva y principista de no parecerse a aquello que se combate y se reprueba es el estricto cumplimiento de las leyes y de los principios que caracterizan el Estado de Derecho”.

Informes
Para concederle el beneficio al encartado, el magistrado tomó en cuenta que tiene más de 70 años  y el contenido de los informes psicológicos obrantes en la causa, en los cuales los peritos plasmaron que presenta una profunda depresión, con reiterados pensamientos de ideación suicida que pondrían en riesgo su vida en caso de que siga cumplinedo la modalidad de detención que se le impuso.
El pedido de prisión domiciliaria fue solicitado en su momento por el defensor oficial Gustavo Rodríguez, quien argumentó que su asistido tiene 74 años de edad y que “las patologías que padece resultan de imposible tratamiento en el ámbito penitenciario”. Pallero fue detenido en agosto de 2015. Un mes después, el juez Alejo Ramos Padilla lo procesó -junto a otros cuatro imputados- por delitos cometidos en Bahía Blanca por la organización paramilitar Triple A durante los dos años previos al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. Los fiscales José Nebbia y Miguel Ángel Palazzai reclamaron que se investigaran 22 homicidios perpetrados “en los ámbitos históricamente más propensos a la movilización político-social: los sectores gremiales y estudiantiles”. Además, sostuvieron que todos los casos bajo estudio tenían los requisitos típicos del crimen de lesa humanidad, toda vez que fueron “asesinatos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil”, bajo el amparo de la estructura estatal.

Un tribunal de San Juan declaró que “Muiña” es inconstitucional

Un Tribunal de Ejecución de la Provincia de San Juan se convirtió en el primero en declarar la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley del 2 por 1 a casos que involucran a personas condenadas por delitos de lesa humanidad.
El protagonista de la resolución por la cual el tribunal fijó su postura es Alejandro Lazo, responsabilizado por aquellos delitos. Los jueces Héctor Cortes, Alejandro Piña y Raúl Fourcade -los mismos que condenaron al militar retirado a 10 años de cárcel-, rechazaron su pedido de excarcelación.
En su fallo, los magistrados entendieron que la aplicación del cómputo “privilegiado” en procesos por delitos de lesa humanidad implica un tratamiento desigual respecto a quienes se encuentran con prisión preventiva por ilícitos recientes. Por eso, consideraron que es inconstitucional, por afectar el principio de igualdad ante la ley.

Malamud Goti, “arquitecto” de la Conadep: “Los grupos de DDHH no pueden desconocer las garantías procesales”

El fallo de la Corte en el caso “Muiña” generó hiperactividad legislativa y hay siete iniciativas de distintas bancadas que cuestionan el beneficio del 2 por 1, pese a que en 2013 el Alto Cuerpo acortó la condena del represor Antonio Simón aplicando las previsiones de la (hoy) demonizada legislación.
En medio de los cruces de opiniones y al margen del oportunismo que reina en la política, Jaime Malamud Goti, uno de los expertos que asesoró a Raúl Alfonsín junto a otros especialistas en el diseño de una respuesta institucional a los crímenes de la dictadura que derivó en la conformación de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), habló del tema.
Afimó que está de acuerdo con el fallo del Máximo Tribunal. “Los grupos de DDHH deben entender que no se pueden desconocer todos los avances del derecho penal en materia de garantías procesales”, consideró.
Malamud Goti es un especialista en “transiciones difíciles”. Asesoró en diversos escenarios a varios Estados en sus procesos de tránsito del conflicto a la paz y a la reconstrucción.
Luego de colaborar con Alfonsín,  trabajó para organizaciones como Amnesty International, Human Rights Watch y Ara Pacis, en Bosnia, Ruanda y Sudáfrica, entre otros países.
Volcó parte de su experiencia en un libro reciente, publicado en 2016, titulado Crímenes de Estado. Dilemas de la Justicia, en el que manifiesta que “al centrar la culpa en un limitado sector de la población, los juicios de derechos humanos reinventan la historia”, y valora que “el significado de la ‘verdad’ resultante, frecuentemente percibida como facciosa, es objeto de disputas inzanjables”.
Según Malamud Goti, la perseverancia de una política sin tonalidades intermedias “puede perjudicar el logro de una comunidad integrada, pluralista y políticamente responsable”.
No está en contra del enjuiciamiento de crímenes lesa humanidad pero considera que “la inculpación institucionalizada” es un paso hacia un objetivo más amplio: “promover una conciencia general de los derechos y responsabilidad ciudadana”.
Sin embargo, estima que cuando se prolonga en el tiempo más allá de cierto punto, el proceso de “inculpación institucionalizada” se vuelve contraproducente y desanima una inspección más profunda  de los factores que contribuyeron a la brutalidad.
“La lógica dual víctima-perpetrador desalienta una compleja y matizada concepción del rol desempeñado por los diferentes actores sociales”, agrega en su libro.

 

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