Lo resolvió el juez Contencioso-administrativo Federal Enrique Lavié Pico. Consideró que no debió excluirse a los funcionarios del Poder Judicial de la convocatoria para auxiliares fiscales.
La primera convocatoria a auxiliares fiscales que se abrió con la nueva ley orgánica del Ministerio Público Fiscal quedó suspendida luego de que el juez en lo Contencioso-administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, resolvió hacer lugar a una medida cautelar que había interpuesto la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN).
En su presentación, el gremio había considerado que el llamado a concurso era discriminatorio, ya que las disposiciones que determinan la forma de acceso a los cargos de auxiliares y asistentes “vulneran las posibilidades del personal del Poder Judicial y del Ministerio Público de postularse, sin perjuicio de resultar idóneos para su desempeño”.
La convocatoria estaba destinada a los funcionarios y funcionarias del Ministerio Público Fiscal de la Nación con cargo equivalente o superior al de secretario de fiscalía de primera instancia que se desempeñan en fiscalías del ámbito correccional, criminal o de menores del sistema de justicia nacional de la ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus etapas e instancias.
También permitía concursar a los funcionarios y funcionarías que se desempeñen con cargo equivalente o superior al de secretario de fiscalía de primera instancia (efectivos, interinos, suplentes, transitorios o contratados) a la fecha de inscripción.
Fundamentos
El magistrado entendió que la pretensión del gremio de judiciales estaba justificada en la existencia de “indicios serios y graves con relación a la ilegitimidad de la resolución cuestionada, atento a que de su examen provisorio se desprende que, en principio, lo allí dispuesto implicaría una limitación o modificación sustancial de las previsiones dispuestas en las normas aplicables en la especie”, como la ley de implementación del Código Procesal Penal de la Nación.
Ello, “con relación a la necesaria convocatoria que debe darse de los funcionarios del Poder Judicial de la Nación -en igualdad de condiciones- a los efectos de los nuevos cargos que se creen, el ascenso y la asignación de funciones”.
La norma, en su artículo 33, establece que los funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación “estarán en igualdad de condiciones que los funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa a los efectos del acceso a los nuevos cargos que se creen, el ascenso y la asignación de funciones”, y que “en todos los casos se respetarán sus jerarquías, antecedentes profesionales y especialidad técnica”.
Bajo esas pautas, Lavié Pico consignó que no resultaría legítimo “que en la convocatoria a concurso para seleccionar a los funcionarios que integrarán la lista de personas que podrán ser propuestas y asignadas para cumplir con la función de ‘Auxiliares Fiscales’ realizada por medio de la resolución PGN 2840/15 se invite a participar sólo a los funcionarios del Ministerio Público Fiscal y, en cambio, se haya excluido de su participación a los funcionarios del Poder Judicial de la Nación”.