lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Por ahora, rige la ley de colegiación de inmobiliarios

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En el último capítulo judicial del año de la controversia que enfrenta a corredores inmobiliarios y martilleros de Córdoba por la colegiación profesional, la Cámara Civil y Comercial y de Familia de Villa María dictó una resolución que, por ahora, da plena vigencia a la ley provincial que creó una entidad deontológica propia para los operadores de bienes raíces.
En efecto, el tribunal de alzada impuso efecto suspensivo al amparo que se debate en esa jurisdicción respecto a la legitimidad de la ley 9445, aprobada por la Legislatura Unicameral un año atrás. Con ello, la Cámara revocó lo resuelto en sentido contrario por el juez de primera instancia, Fernando Flores, decisión ésta que impugnaba de antemano la polémica norma, sin que estuviese resuelto el fondo del litigio: la constitucionalidad de aquélla.

En diálogo con Comercio y Justicia, el camarista Juan Carlos Caivano justificó el criterio de la Cámara señalando que el pronunciamiento del juez a quo contrariaba el marco legal previsto por el procedimiento para las acciones de amparo.

Sobre el particular -y obviando adelantar opinión sobre la cuestión de fondo en el caso-, el magistrado indicó que ahora el Colegio de Martilleros tendrá un plazo de quince días hábiles para recurrir en casación el auto interlocutorio de la Cámara, con lo cual las actuaciones de la causa pasarán para el próximo año.

Según resaltó Caivano, estas instancias procesales demorarán obligadamente la decisión de la Cámara sobre si la ley 9445 es o no constitucional, manteniendo el clima de incertidumbre entre los profesionales inmobilarios respecto a si su matriculación corresponde a una u otra entidad.

Cabe mencionar que la resolución del tribunal de alzada también desestimó la reclamación de Martilleros y confirmó la concesión formal del recurso de apelación a la Provincia, demandada a la postre en este pleito judicial como responsable por la promulgación de la norma en discusión.

Vale acotar, asimismo, que en el ámbito tribunalicio villamariense no deja de sorprender que este amparo se haya presentado en esa sede, siendo que todas las partes involucradas pertenecen a la circunscripción de Córdoba Capital. Y, si bien este tipo de acción puede interponerse ante cualquier tribunal provincial de turno para ello, se comenta que en el expediente obran algunos recortes periodísticos que relacionan al juez Flores con el Colegio de Martilleros, con lo cual la parte demandada cuestiona la imparcialidad de ese magistrado.

En resumen, la actuación de la Cámara villamariense despejó, sólo en parte, el horizonte de la confrontación, aunque ello no alcanza para aclarar completamente el panorama para quienes desarrollan la actividad inmobiliaria, colocados en medio de una disputa en la que, si bien apoyan favoreciendo la creación de su propio Colegio, no dejan de intranquilizarse por las connotaciones que la falta de definiciones tiene, especialmente si se consideran los vericuetos y los tiempos de la Justicia.

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