La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba confirmó el procesamiento de María Pía Cardoso, ex funcionaria municipal de Río Cuarto, fue imputada por estafar al Fisco utilizando cheques de empresas agropecuarias que eran cobrados por indigentes.
Ayer, los vocales Luis Roberto Rueda, Abel Guillermo Sánchez Torres e Ignacio María Vélez Funes, dieron lectura de la parte dispositiva de la resolución que se adoptó en la referida causa, encontrándose presente el defensor de Cardoso, doctor Manuel de Allende y estando ausentes las demás partes.
En su decisión, el tribunal resolvió confirmar parcialmente la resolución apelada, dictada con fecha 4 de julio de 2008, por el señor juez federal subrogante de Río Cuarto, Oscar Valentinuzzi, en cuanto dispuso el procesamiento y la traba de embargo sobre los bienes de María Pía Cardoso, modificando la calificación legal del hecho imputado, la que quedó fijada como presunta autora del delito previsto y reprimido en el primer párrafo del artículo 15, inciso “c”, de la ley 24769, como integrante de una asociación ilícita tributaria.
Paralelamente, la Cámara declaró abstracto pronunciarse sobre la prisión preventiva en contra de Cardoso e igual destino resolvió para el planteo de inconstitucionalidad de la mencionada normativa, en razón de la excarcelación que le fuere otorgada en primera instancia, con fecha 11 de setiembre de 2008.
Otros imputados
Por otra parte, los jueces confirmaron también en forma parcial la resolución respecto del procesamiento y la traba de embargo sobre los bienes de Miguel Horacio Petiti, modificando la calificación legal del hecho imputado, la que se fijó como presunto partícipe secundario del delito previsto y también declaró abstracto definirse respecto de la prisión preventiva del nombrado, “en razón de la excarcelación que le fuere otorgada en primera instancia”, el 3 de setiembre de 2008.
De igual modo, se confirmó en forma el procesamiento y la traba de embargo sobre bienes de Claudio Fabián Giles y Vanesa Romina Moyano, como presuntos partícipes necesarios del delito en cuestión.
Finalmente, la Sala ordenó al juez Valentinuzzi “profundice con la mayor celeridad posible la investigación en relación con la firmas comerciales FLG SA y Soybeans SA”, como asi también de “otras personas físicas o sociedades comerciales que puedan ir surgiendo de la documentación secuestrada por éste u otros supuestos ilícitos penales”. Los fundamentos de esta sentencia se conocerán el 24 del corriente próximo.