Al advertir que recién en la presentación de la liquidación final la demandada cuestionó el dólar tomado como base para el cálculo del monto de la condena por expropiación de un campo, que realizó Caminos de las Sierras SA, la Cámara 1ª Civil y Comercial de Córdoba rechazó la apelación de aquélla al haber quedado firme y consentida la sentencia de grado y desestimó que ese pago se calcule en dólar MEP.
La expropiante resultó condenada a pagar la suma de US$108.526, a podía abonarse en pesos al tiempo de quedar los fondos disponibles en moneda de curso legal, en el equivalente al valor del cambio oficial.
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