viernes 22, noviembre 2024
viernes 22, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Ordenan resarcir a un trabajador de EPEC desvinculado después de que sufrió un ACV

ESCENARIO. La EPEC impugnaba un artículo de la Ley de Contrato de Trabajo.
ESCUCHAR

La demandada planteaba que era arbitrario tener que pagar una bonificación por jubilación y una indemnización por cese relacionado con la incapacidad del empleado, pero la Justicia entendió que son dos normas que regulan situaciones diferentes y que no puede avanzar la función jurisdiccional sobre lo legislado

Después de rechazarle a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) el planteo de inconstitucionalidad del artículo 212, 4º párrafo, de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), la Sala 5ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba ordenó indemnizar a un trabajador de esa empresa, desvinculado por la incapacidad por haber padecido un accidente cerebro-vascular (ACV). Asimismo, el tribunal rechazó la defensa de la demandada de compensar este resarcimiento con la bonificación por jubilación del convenio colectivo de trabajo (CCT) del gremio Luz y Fuerza.

Apoyá el periodismo especializado e independiente

Este contenido es exclusivo para suscriptores.

Accedé a todo nuestro contenido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?