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Ordenan que dos niñas vuelvan a vivir con su madre

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El Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil de San Francisco resolvió reintegrar con su madre, en forma inmediata, a dos niñas que habían sido enviadas a vivir con la familia extensa por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf).

Asimismo, el tribunal intimó al progenitor a dar estricto cumplimiento a su compromiso de retirarse de la vivienda familiar y no mantener contacto con las niñas hasta que se resuelva la causa penal por presuntos hechos de violencia familiar en perjuicio de su pareja.

El juez Andrés Peretti explicó que la permanencia de las niñas en estos espacios ya no respondía a la máxima satisfacción de sus derechos. “No existe impedimento alguno para que las niñas se reintegren a su centro de vida, bajo el cuidado de su progenitora, a quien no se le ha recriminado ningún tipo de actitud violenta hacia sus hijas sino que, por el contrario, fue víctima de violencia de género”, puntualizó el magistrado.

Peretti destacó la obligación asumida por el Estado argentino de juzgar con perspectiva de género y señaló que prorrogar la medida excepcional, en este caso, podría implicar una revictimización de la madre “atento al ‘castigo’ que está sufriendo por no tener a sus hijas viviendo con ella”.

Para el sentenciante, la mujer debe tener “un espacio de contención y asistencia” en el cual pueda adquirir las herramientas necesarias para fortalecerse, trabajar su autovaloración y autoestima, pensar por sí misma y sacar sus propias conclusiones y, sobre todo, para que pueda tomar real dimensión de situaciones que naturalizó.

“Pero nunca puede castigársela, sumándole a su ya angustiante situación, la imposibilidad de convivir con sus hijas”, agregó.

La resolución intima a los progenitores a continuar con sus abordajes terapéuticos, así como a que sus hijas continúen sus tratamientos psicológicos. Asimismo, insta a la Delegación San Francisco de la Senaf a continuar trabajando en el fortalecimiento familiar mediante los programas que considere adecuados y a realizar un seguimiento del grupo familiar; en especial, en lo atinente a la continuidad de los tratamientos psicológicos y a la escolaridad de las menores.

Finalmente, dispone la derivación de los progenitores al Polo de la Mujer y al Centro Integral de Varones para el abordaje de la problemática de género.

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