viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

No es constitucional limitar el plazo de la investigación penal

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró inconstitucional el artículo 282 del Código Procesal Penal (CPP) de la Provincia de Chubut que fijaba un plazo de sólo seis meses -contados desde la realización de la audiencia de apertura de la investigación- para que el fiscal presente la acusación, el cual, en caso de ser superado, impone el sobreseimiento de los imputados.

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