La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba revocó la sentencia de la cámara que actuó en la instancia previa, que había admitido la relación laboral de la actora, hija del canchero, en contra del demandado Club Social y Deportivo Villa, al no darse las características típicas de un contrato de trabajo, por lo cual hizo lugar a la casación presentada por la entidad al confirmar que la demandante sólo realizaba las actividades domésticas del inmueble que habitaba con su familia en el predio de “Los Villeros”.
El club criticó la admisión de la demanda, al afirmar que el a quo transgredió las reglas de la sana crítica racional porque incluyó la tarea de limpieza como actividad normal y específica propia.
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