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Niegan “derecho al olvido” para abogados denunciados por Fernández de Kirchner finalmente sobreseídos

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La Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó un pedido de dos abogados para que el buscador de Internet Google elimine todas las referencias a una causa por presunta corrupción que afrontaron por una denuncia de la ex presidenta Cristina Fernández Kirchner por la que finalmente fueron sobreseídos.

Se trata de los letrados Eduardo Baeza y Luis Romiti, quienes reclamaron que la empresa demandada suprimiera una serie de URLs referidos a una falsa acusación como apoderados de una asociación de consumidores.

En su demanda, precisaron que los medios de comunicación levantaron y publicaron una denuncia efectuada por quien en ese momento era la jefa de Estado y citaron una nota que consignó: “El gobierno formalizó las renuncias de dos funcionarios a los que se los involucró en una supuesta maniobra de una asociación de defensa de los consumidores para evitar que seis bancos paguen indemnizaciones, caso que hizo público la propia presidenta durante un acto en la Casa Rosada’”.

El fallo, firmado por los camaristas Eduardo Gottardi y Fernando Uriarte, sostiene que “cuando las opiniones versan sobre materias de interés público o sobre la gestión de quienes desempeñan funciones públicas, la tensión entre los distintos derechos en juego -el de buscar, dar, recibir y difundir informaciones u opiniones y el derecho al honor, a la dignidad y a la intimidad de las personas- debe resolverse en el sentido de asignar un mayor sacrificio a quienes tienen en sus manos el manejo de la cosa pública”.

Romiti era Director Nacional de Control Ambiental y Baeza, asesor de la legisladora oficialista Nancy Parrilli.

Los magistrados explicaron que si bien para los demandantes el sobreseimiento en sede penal que los desvinculó de cualquier delito justificaba, sin más borrar, los enlaces referidos a la denuncia que en su momento se hizo, pero estimaron que eso no es así.

“Las noticias reflejaban la situación de los actores en un momento cronológico que posteriormente se modificó a partir del resultado de la investigación.  Justamente, este es el punto de contacto más directo entre este caso y el precedente ‘Denegri’, el fallo de la Corte que rechazó el derecho al olvido”, recordaron.

En esa línea, dijeron que el derecho al olvido –o de supresión- no es  ilimitado, y acotaron que la decisión acerca de la desvinculación de los enlaces que un buscador realiza entre el nombre una persona y los sitios que alojan información que la mencionan no puede quedar librada exclusivamente a la voluntad del sujeto afectado; ello así, porque esa solución “privilegiaría indiscriminadamente los derechos personalísimos del afectado respecto de los otros derechos (información y libertad de expresión)”.

Bajo esa premisa, reiteraron que la posterior desvinculación de los letrados en sede penal no justifica impedir que los acontecimientos que fueron públicos en su momento sean conocidos por la sociedad y perduren en el proceso informativo. “No se puede borrar una noticia veraz, y si bien se produjo una noticia posterior que modificó la situación penal de los actores, las dos deben quedar en la web, pues ambas son informaciones reales”, enfatizaron.

Ambos abogados fueron acusados en febrero del 2013 de haber defraudado a 1.700.000 clientes en la suma de 367 millones de pesos, al haber participado como apoderados de la asociación de consumidores ADECUA, en cinco acuerdos transaccionales celebrados entre esa asociación y distintas entidades financieras demandadas por el grupo, por cobro de sobreprecios en los seguros de vida de deudores.

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