lunes 23, diciembre 2024
lunes 23, diciembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Municipio no podrá adjudicar lote en parque industrial hasta resolver nulidad de adjudicación

ESCENARIO. Acto inaugural del parque industrial donde se suscitó la controversia judicial.
ESCUCHAR

El tribunal entendió que se cumplieron los requisitos para que prospere la medida cautelar solicitada por la empresa demandante porque, en caso de obtener sentencia favorable, ésta quedaría sin sustento si el predio que reclama se entregase a un tercero

En el marco de un juicio en el que la demandante Agro Aceitera Córdoba SA pidió la nulidad de una revocación de la adjudicación, la Cámara 1ª en lo Civil, Comercial y Contencioso-administrativo de Río Cuarto suspendió los efectos del acto administrativo impugnado y ordenó a la Municipalidad de Santa Catalina–Holmberg que desde la fecha de la resolución y hasta la sentencia definitiva sobre el fondo del asunto se abstenga de adjudicar a terceros y/o de disponer de cualquier otra forma el predio individualizado del Parque Industrial y Tecnológico de dicha localidad. 

Apoyá el periodismo especializado e independiente

Este contenido es exclusivo para suscriptores.

Accedé a todo nuestro contenido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?