martes 26, noviembre 2024
martes 26, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Muerte súbita en el ámbito laboral se indemniza como riesgo de trabajo

ESCUCHAR

Admiten la casación planteada por los sucesores del trabajador fallecido. En la instancia anterior no se consideró acreditado que surgiera un factor que ligara el deceso con las tareas que realizaba

La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió el recurso presentado por los sucesores del trabajador y revocó la sentencia que había concluido que, del material probatorio, no surgía un factor que ligara la causalidad con el deceso y que el factor trabajo resultó ajeno a la producción del evento. Por ello, ordenó que se otorgue la indemnización derivada de la Ley de Riesgos del Trabajo por muerte, al interpretar que se dio la ocasionalidad requerida por la norma.

El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?