Dos de las vocales del tribunal dejaron sin efecto el planteo de la magistrada restante, quien pedía a distintos organismos información sobre términos médicos. Sin embargo, atento a un nuevo movimiento en la historia clínica del paciente, la mayoría requirió la intervención al Comité Consultivo a los fines de saber si existieron cambios en el paciente
En el marco de un proceso en el que se solicita que se aplique la denominada “ley de muerte digna”, la Cámara 2ª Contencioso-administrativa de la ciudad de Córdoba, por mayoría, ordenó que se revoquen las medidas solicitadas para mejor proveer que había ordenado una de las vocales, disidente en esta resolución, quien peticionaba a distintos órganos especialistas que especifiquen qué significan los términos “estado vegetativo persistente” y “estado vegetativo permanente”.
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