viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Modifican cálculo de rubro a ex funcionario político del PAMI

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No obstante haber hecho lugar parcialmente al recurso de apelación articulado por un Instituto demandado, la Sala A de la Cámara Federal de Córdoba modificó el período de tiempo por el que debió calcularse la antigüedad del accionante, incidiendo en el cálculo económico del resto de los rubros demandados -y que se estimaron procedentes en la instancia de grado-, tras considerar que la desvinculación de éste se había transformado en incausada y generaría el derecho a que perciba la indemnización prevista en la Ley de Contrato de Trabajo.
En la causa “Liksenberg, Julio c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) – ordinario”, el accionante había ingresado a trabajar como subinterventor a cargo del Área Administrativa Contable Delegación Región III- Córdoba en cumplimiento de lo dispuesto por la resolución N° 307, por lo cual el fallo tuvo en cuenta que se procedió al nombramiento del accionante a los fines de “un mejor cumplimiento de las tareas encomendadas”.

El juez Ignacio María Vélez Funes afirmó que “el nombramiento del actor tenía carácter transitorio, pues estaba afectado al apoyo de la gestión del funcionario político designado como interventor del Instituto. Todo lo cual trae aparejado que cuando cesara la función del Interventor en sus labores, fatalmente se extinguía también la relación de trabajo referida”, agregando que aun cuando, posteriormente, el accionante ingresó a planta permanente, “no cambiaba los fundamentos tenidos en miras por la Intervención para designarlo en su oportunidad, en la planta transitoria”.
Con relación al agravio del accionado por la imposición de intereses en la instancia de grado, el fallo expresó que resultó parcialmente correcta la aplicación del artículo 91 de la ley 25725, al establecer como fecha tope de los intereses de la tasa pasiva promedio que publica el BCRA el día 30 de junio de 2002, y a partir de dicha fecha se computarían los intereses propios que conllevan los títulos que reciba el accionante, según la opción que realice.

Sin embargo, se aclaró que los intereses de la tasa pasiva promedio del BCRA sólo correrían desde la fecha de la notificación de la desvinculación laboral y hasta el día 30 de junio antes señalado y a partir de allí los intereses que deriven de los títulos por los que opte el accionante, correspondiendo en definitiva dejar sin efecto la imposición de costas efectuada en la instancia de grado e imponerlas, en ambas instancias, en el 30 % al actor y el 70 % a la demandada.

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