La denominada “Ley Ingrid” se enfoca en evitar la revictimización de menores de edad, discapacitados y mujeres. Ya rige en algunos estados del país y el Legislativo debatirá si las conductas que tipifica serán delitos a nivel nacional
En marzo de 2022, en México, Diputados aprobó la denominada “Ley Ingrid”, que se enfoca en evitar la revictimización de menores de edad, discapacitados y mujeres mediante la difusión de imágenes, videos, audios, documentos y datos vinculados a sus crímenes.
También apunta a evitar la violencia institucional y establece medidas para que no se exponga a los familiares de las víctimas.
La iniciativa impulsada por el oficialismo, que contempla penas de hasta 10 años de prisión, no tuvo votos en contra ni abstenciones. El texto pasó al Senado y en noviembre pasado avanzó en la Comisión de Justicia del cuerpo.
El último dictamen parlamentario acordó ampliar la protección también a los hombres.
Sistema
Como el sistema mexicano es diferente del argentino, la norma rige en algunos estados, como Colima, Oaxaca, Coahuila, Jalisco y Ciudad de México. Si el Legislativo nacional finalmente la sanciona, las conductas que tipifica serán considerada delitos en todo el territorio.
Los partidos políticos del país y varios sectores plantean que la reforma del Código Penal mexicano es un avance histórico para los derechos de las víctimas, pero hay organizaciones civiles, juristas y comunicadores que estiman que puede chocar con el ejercicio del periodismo, porque posibilitaría obturar la publicación de temas de interés público y castigar a quienes difundan pormenores de pesquisas criminales.
Peligroso
En julio del año pasado, Reporteros Sin Fronteras (RSF) denunció México era el segundo país más peligroso para ejercer el periodismo. A esa altura, 12 periodistas habían sido asesinados y el grupo le pidió nuevamente al gobierno de Andrés Manuel López Obrador que tome medidas.
Lo hizo a través de la publicación de un comunicado en la edición impresa del diario The Washington Post. “La lista de víctimas de la violencia contra la prensa en México continúa creciendo”, alertó.
RSF apuntó a la impunidad como uno de los factores que pone en jaque al oficio y subrayó que impera en el 90% de los casos.
Recientemente, la ONG Human Rights Watch (HRW) reiteró que México es uno de los países más peligrosos del mundo para periodistas y defensores de derechos humanos; especialmente, para los que critican a funcionarios o exponen a carteles delictivos.
En tanto, precisó que Artículo 19, una organización que vela por la seguridad de los periodistas, registró en la primera mitad de 2022 más de 330 amenazas, ataques y otras formas de agresión y que sostuvo que por ello muchos se autocensuran. Según HRW, las autoridades no investigan adecuadamente los episodios.
Letal
El año pasado fue el más letal en al menos tres décadas para los comunicadores mexicanos. Cerró con 15 asesinatos contabilizados por The Associated Press.
Katherine Corcoran, ex directora de la oficina de The Associated Press en México, sostuvo que uno de los factores que elevaron la cifra es que la prensa del país se volvió más independiente y enérgica y los reporteros realmente están tocando “fibras sensibles”.
López Obrador rechaza las críticas de la prensa por considerar que procede de periodistas corruptos.
Femicidio
Hace casi tres años, el femicidio de Ingrid Escamilla conmocionó a los mexicanos.
En el caso, funcionarios públicos filtraron fotografías de la escena del crimen en las que se veía el cuerpo desnudo y lacerado de la joven.
Ingrid tenía 25 años cuando fue brutalmente asesinada por su pareja un departamento de la Ciudad de México.
El triste suceso y reavivó el debate por los medios que alimentan el consumo de violencia extrema. La polémica fue tal que se registraron protestas frente a algunos de los diarios que utilizaron las fotos.
Aunque diputados de distintas fuerzas y varios colectivos feministas aplauden que el proyecto que lleva el nombre de la mujer avance en el Legislativo, otros remarcan que parte de la redacción de la norma da lugar a una interpretación jurídica que puede interferir en el ejercicio del periodismo y en el derecho a la información, al contemplar que la difusión de cualquier información de una investigación criminal puede ser castigada.
Al respecto, Leopoldo Maldonado, director de Artículo 19, sostuvo: “No hablamos de información que pueda causar un daño a las víctimas, como en el caso de Ingrid, sino de información que la sociedad tiene derecho a conocer”.
Otro punto controversial son las duras penas que contempla (hasta 10 años de prisión), que Maldonado tildó de “populismo punitivo”.
En esa línea, estimó que es una manera de tratar de presentar “una solución mágica a problemas estructurales de los sistemas de procuración de Justicia”.
“Si hubiera buena fe y el actuar de las fiscalías en este país fuera conforme a derecho, probo y honesto, no nos preocuparía, pero es todo lo contrario”, añadió.
Para Maldonado, la legislación se presta a que, eventualmente, se fabrique “un delito por alguna información que incomode a un gobierno o a una fiscalía local o federal, diciendo que fue filtrada por un funcionario público y que se debe castigar a un comunicador o un ciudadano de a pie”.
“Puede generar un efecto criminalizante si no se acotan sus alcances y sus efectos”, remarcó.
Eduardo Esquivel, académico de la UNAM, considera que es necesario llegar a un punto de equilibrio para proteger a las víctimas sin afectar el ejercicio periodístico.
Bajo esa premisa, recordó que la legislación que ya aprobó la capital del país, en 2021, solo castiga a funcionarios públicos.
En tanto, Jan Albert Hootsen, director del Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ), le recomendó cautela al Senado. “En este momento difícilmente podemos ver las consecuencias. Por lo pronto, no vemos una amenaza muy grande porque la ley está enfocada en los servidores públicos, aunque México tiene una larga historia de propuestas para criminalizar la cobertura de hechos violentos”, afirmó.
En un país azotado por la impunidad y la falta de independencia judicial, hay quienes temen que los senadores le den luz verde a un articulado que limite la información y complique el ejercicio de periodismo, ya amenazado y castigado, y los alientan a contemplar sus aristas problemáticas.
“Interpósita persona”
La modificación del artículo 225 del Código Penal federal mexicano establece sanciones contra “los servidores públicos que filtren, compartan, comercialicen o publiquen imágenes o información sobre un investigación penal”. Lo problemático es que incorpora también castigos contra cualquier persona que haga lo mismo, al contener la frase “por sí o por interpósita persona”.
José Ramón Cossío, ministro de la Suprema Corte de Justicia de México entre 2003 y 2018, declaró que el tipo penal que plantea la reforma es muy abierto y no sólo se limita a castigar la difusión de imágenes como las que atentaron contra la dignidad de Ingrid Escamilla.
Además, considera que se presta a dispare interpretaciones que podrían afectar al derecho de los medios a informar sobre asesinatos, violaciones de derechos humanos, feminicidios y otros casos de interés público; sobre todo, si un magistrado establece que un medio o a un periodista es la “interpósita persona” de la que habla la ley.
“Si se penaliza cualquier hecho, cualquier dato que esté vinculado con una averiguación, habría un riesgo de que el periodista pudiera ser sancionado penalmente en algún momento”, abundó.
“La interpósita persona sería alguien a quien las autoridades le encomendaron tomar fotografías o publicar, esa sería la interpretación correcta. Pero no queda muy claro en la ley. ¿La interpósita persona es la persona a la que yo le encomiendo que haga esa tarea o es alguien que por voluntad propia va y saca fotografías y divulga datos? Los periodistas de nota roja que tienen acuerdos con la fiscalía podrían ser interpósitas personas”, cuestionó el jurista.
Para Cossío, uno de los mayores riesgos está en que la definición del delito no es precisa y podría tener un “efecto inhibidor sobre el ejercicio periodístico” o de censura.
En tanto, Laura Pérez Segura, la diputada de Morena que promovió la iniciativa, opina que la norma se refiere principalmente a los funcionarios que filtran las imágenes, una práctica muy extendida. “Si bien hubo algunas observaciones de que podríamos estar atentando contra la libertad de expresión o la libertad de prensa, esto queda absolutamente anulado porque lo que marca el Código Penal en este artículo son sanciones contra funcionarios y servidores públicos que son los que tienen que resguardar esa información para impedir su utilización”, dijo.
“La referencia a una interpósita persona (tercera persona) se refiere a cuando los funcionarios se coluden con alguien más, porque es bien sabido que suelen existir acuerdos económicos para utilizar ese material”, añadió.