sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Los sobreseen porque robaron el volante de un auto abandonado

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Para los jueces no existió hurto porque el vehículo no estaba bajo la custodia de nadie. El elemento era carente de valor, indicaron, y revocaron el procesamiento de los acusados

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional sobreseyó a dos hombres que intentaron robar el volante de un vehículo abandonado.
La resolución ocurrió luego de que la defensa oficial de los acusados interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que dispuso su procesamiento.
El abogado expresó que en el legajo no se reunieron suficientes elementos de convicción que sustentaran los procesamientos decretados. El letrado agregó que el acta labrada sostuvo que el vehículo estaba “totalmente desmantelado”, mientras que el informe técnico realizado corroboró su mal estado general, que presentaba daños en las tres cerraduras y que carecía de batería, distribuidor, carburador con filtro de aire, calefacción, parlantes de puertas, consola y estéreo, llaves de luces del tablero y brazo limpiaparabrisas con escobillas.
Frente a ello, los integrantes del Tribunal sostuvieron que, según lo expuesto por el abogado, las deficientes condiciones en que se hallaba el automotor y, principalmente, la circunstancia de que las autoridades de la ciudad ya habían anunciado su remoción de la vía pública, permiten sostener que el volante, cuya sustracción habrían intentado los imputados no era, a esas alturas, más que un objeto abandonado y desprovisto de todo valor.
En ese sentido, los jueces Mariano Scotto y Mauro Divito añadieron que “cuando sus características autoricen a considerar la cosa como res nullius, aun hallándose bajo la esfera de custodia de alguien, deberá decirse que no hay hurto”. Dicho criterio será complementado con el dato adicional de que, según se comprobó, nadie tenía bajo su amparo el desmantelado automóvil.
Todas las pruebas evidencian que la conducta atribuida importó un intento de apropiarse de un elemento carente del valor que, mínimamente, “ha de tener un objeto para ser considerado susceptible de ser hurtado o robado, sino que, al momento del hecho, aquél siquiera se encontraba bajo la esfera de custodia del propietario registral del automotor, quien se había desentendido de éste”, resaltaron los magistrados.
Por lo expuesto, los camaristas resolvieron revocar la sentencia de anterior instancia y sobreseer a los imputados.

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