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Los jurados sorteados para 2016 recibirán documentación esta semana

2 noviembre, 2015
Los jurados sorteados para 2016  recibirán documentación esta semana

LA INFORMACIÓN que se solicita es para establecer incompatibilidades para la función.

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Deberán completar y devolver por intermedio de cualquier sucursal del correo, sin costo, un declaración jurada. El objetivo es saber si reúnen los requisitos legales exigidos para conformar la lista definitiva de quienes podrán ser convocados.

A partir de esta semana, las personas que resultaron sorteadas en la audiencia pública celebrada el 8 de octubre para integrar tribunales penales en calidad de jurados populares durante 2016 recibirán en sus domicilios un sobre con una carta de presentación y una declaración jurada, que deberán completar y devolver por intermedio de cualquier sucursal del Correo Argentino, sin costo alguno -dado que el franqueo se encuentra pago-.

El objetivo es saber si los ciudadanos reúnen los requisitos legales exigidos, para así conformar la lista definitiva de quienes podrán ser convocados cuando haya que recurrir a esa modalidad de juzgamiento de la Provincia.

La correspondencia que recibirán será encabezada por una carta del encargado de la Oficina de Jurados Populares del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), en la que se les explica sucintamente los motivos de la convocatoria.

Asimismo, se les requerirá que completen, con el valor de declaración jurada, los datos que constarán en un formulario adjunto. Luego, deberán remitirla dentro del sobre que se les acompañará, y enviarlo.

La información es clave para saber quiénes se encuentran alcanzados por alguna incompatibilidad o inhabilitación para desempeñar la función.

Quienes tengan alguna inquietud o duda sobre los datos que se les requieren podrán comunicarse telefónicamente con la Oficina de Jurados Populares (0351-4266852) o dirigirse a las sedes judiciales correspondientes a su domicilio.

Carga pública remunerada
El sistema busca favorecer la participación ciudadana en las decisiones del Poder Judicial.

En virtud de la Ley 9182, los delitos económicos, los hechos de corrupción y los crímenes aberrantes deben ser juzgados, obligatoriamente, por un tribunal integrado por tres jueces técnicos y ocho jurados populares.

Éstos deciden, junto a los magistrados, sobre la existencia del hecho delictivo y sobre la responsabilidad penal del imputado.  En cambio, no intervienen en las cuestiones de índole estrictamente jurídica, como la calificación legal del hecho y la determinación del monto de la pena.

Si bien la función es una carga publica, las personas convocadas reciben por parte del Estado provincial un monto de 600 pesos por día de debate y viáticos.

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