Al argumentar su decisión, la cámara interviniente explicó que la regla de continuidad de la jurisdicción tiene que respetarse estrictamente, a los fines de la organización del Poder Judicial
Al resaltar el principio de perpetuación de la jurisdicción, entendido como que el juzgado que primero entendió en un asunto debe atender todo lo relativo a éste, la Cámara 2ª Civil y Comercial de Córdoba determinó que la competencia del juicio principal le correspondía al juzgado en el que se había iniciado el Beneficio de Litigar sin Gastos (BLSG) relacionado a aquél.
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