viernes 22, noviembre 2024
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Líderes independentistas catalanes pedirán revisar sus penas ante reforma del Código Penal

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Líderes independentistas catalanes condenados por el referendo y la declaración de independencia unilateral de 2017 pedirán la revisión de sus penas al Tribunal Supremo tras las reformas legales realizadas en España por el gobierno del socialista Pedro Sánchez, que entran en vigencia mañana, informó hoy la prensa internacional.

Sus defensas, según se supo hoy, consideran que la reforma que suprime el delito de sedición y rebaja las penas de la malversación, por los que fueron condenados, lo que abre la puerta a su absolución.

El gobierno regional catalán del independentista Pere Aragonés pactó con Sánchez la reforma de estos delitos en el Código Penal, aprobada el mes pasado por los tribunales.

Por ello pedirán al Tribunal Supremo que dicte una nueva sentencia absolutoria que extinga totalmente su responsabilidad penal y que suprima también las penas de inhabilitación que les fueron impuestas en 2019, reportaron las agencias Ansa y Europa Press.

El Tribunal Supremo condenó a penas de entre 9 y 13 años de cárcel e inhabilitación a los nueve miembros del gobierno regional catalán y líderes de entidades independentistas que en 2017 impulsaron el referendo de independencia que la justicia española declaró ilegal.

El gobierno de Sánchez indultó las penas de prisión -no las de inhabilitación- e impulsó la reforma penal.

La reforma obliga al tribunal a revisar la sentencia tras escuchar a las partes, y hasta obliga a modificar la orden de entrega emitida por parte del juez Pablo Llarena del entonces presidente regional catalán, Carles Puigdemont, fugado de la justicia española y radicado en Bélgica desde 2017.

El anterior delito de sedición fue sustituido por otro de desórdenes públicos agravados que contempla penas de tres a cinco años de prisión -frente a los 10 a 15 años- e inhabilitación de seis a ocho años -frente a los 10 a 15 años-.

Los magistrados que revisarán la sentencia son los mismos que juzgaron y condenaron a esos dirigentes, y ahora deberán debatir si el delito de sedición tiene o no encaje en la figura de desórdenes públicos introducido por la reforma.

Los abogados de las defensas creen que los hechos considerados probados en la sentencia no encajan en el nuevo tipo penal de desórdenes públicos agravados, que exige que concurra violencia o intimidación, circunstancias que no fueron acreditadas en el juicio.

Las defensas además sostienen que en el proceso independentista no hubo malversación porque no se causó ninguna merma en el erario público.

Los abogados pedirán que se extingan las penas de inhabilitación, que impiden a los dirigentes independentistas condenados presentarse como candidatos a elecciones y ocupar cargos de responsabilidad pública.

Dos de los condenados, los expresidentes de la Asamblea Nacional de Cataluña (ANC) Jordi Sánchez y de Ominum CulturalJordi Cuixart, condenados a nueve años y ya indultados, no pedirán al Tribunal Supremo la absolución.

Ello se debe a que entienden que debilitarán así su posición ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), que pretenden que se condene a la justicia española por la sentencia.

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