Para el tribunal interviniente, la empresa demandada no demostró la supuesta falta de trabajo ni otras condiciones argumentadas para justificar la cesantía del demandante
Al no surgir prueba que acreditara los términos del despido invocados por la demandada Transcomb SRL, la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba admitió la demanda planteada por el trabajador cesanteado y determinó la invalidez de la causa esgrimida como fundamento del distracto.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a