El juez federal Alejandro Sánchez Freytes admitió el amparo interpuesto por el Colegio de Abogados de Córdoba y corrió vista al Gobierno nacional. En Capital Federal, la resolución 760 fue suspendida por seis meses
El registro creado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) para estudiar la litigiosidad del sistema está también en la mira de la Justicia cordobesa.
Aunque por ahora el fuero Federal no suspendió la resolución 760, sí admitió el amparo y le dio trámite a la medida cautelar que fue interpuesta por el Colegio de Abogados de Córdoba y le dio un alcance colectivo, al entender que están afectados derechos individuales homogéneos.
Ell juez federal Nº 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, corrió vista al Gobierno nacional, que ahora deberá contestar cuál ha sido el motivo por el cual resolvieron crear el mencionado registro. Lo mismo deberá hacer la SRT.
Para los abogados cordobeses, la resolución 760 viola principios constitucionales que resguardan la privacidad de los datos personales, tanto de los abogados litigantes como de los empleados que reclaman los resarcimientos.
Cabe destacar que en ese registro está previsto que se inscriban las demandas en las cuales se plantea la inconstitucionalidad de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), con el agravante de que se exigen datos delicados, como el nombre del abogado que interpone la demanda.
Asimismo, los letrados ven con preocupación que este registro se convierta en una especie de “Veraz laboral”, habida cuenta de que allí se inscribirán demandas de personas con patologías cuyos datos, al trascender públicamente, pueden hacer difícil que luego sean contratados para trabajar.
Por otra vía, Sánchez Freytes también analiza una acción declarativa de inconstitucionalidad formulada por el Colegio de Abogados de Córdoba en contra de la reforma de la LRT.
Un paso más
Luego de rechazar los argumentos del Gobierno nacional y dictar una nueva cautelar que suspende durante seis meses (o hasta el dictado de sentencia definitiva) la resolución 760, en la ciudad de Buenos Aires la jueza del Trabajo Laura Castagnino hizo lugar a la cautelar solicitada por la Corriente de Abogados Laboralistas “7 de Julio” y frenó lo dispuesto en la mencionada resolución de la SRT.
En la misma sintonía que los abogados de Córdoba, los laboralistas que presentaron el amparo adujeron que la base de datos era una especie de “lista negra”.