lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La falta de servicio del celular en el exterior no perjudicó al demandante

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La Cámara declaró que el reclamo del cliente era improcedente y recordó que el daño, para ser indemnizable, debe ser cierto; esto es, real y efectivo, y no meramente eventual o hipotético.

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