sábado 7, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La CorteIDH sancionó a México por tener a dos hombres encarcelados sin sentencia

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LLos demandantes, Daniel García y Reyes Alpízar, pasaron 17 años tras las rejas y litigaron durante dos décadas. El tribunal regional le ordenó al país eliminar la polémica figura de la prisión preventiva oficiosa, contemplada en la constitución

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado mexicano por el encarcelamiento sin sentencia, durante 17 años, de dos hombres.

Se trata de Daniel García y Reyes Alpízar, quienes quedaron detenidos en 2002, por el homicidio de la regidora panista María de los Ángeles Tamés.

En un proceso judicial irregular, ambos fueron privados de su libertad sin orden de un juez. Sin defensa, fueron torturados, amenazados y obligados a firmar documentos.

Ahora, el alto tribunal internacional responsabilizó al país por la violación de los derechos a la integridad y libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley y a la protección judicial de García y Reyes Alpízar y le ordenó eliminar la polémica figura de la prisión preventiva oficiosa (PPO).

Ambos hombres sostuvieron siempre su inocencia. Salieron de la cárcel en 2019, con un brazalete electrónico. Hace dos semanas, de forma arbitraria,García volvió a ser encarcelado y trasladado a un penal.

En su fallo, la CorteIDH intimó a México a que cese la persecución penal en contra de ambos encausados, se eliminen sus antecedentes, se investiguen las torturas que sufrieron y se les ofrezca tratamiento médico y psicológicos y se los indemnice con 200 mil dólares (100 mil para cada uno).

Constitución
En su artículo 19, la constitución mexicana contempla la figura de la prisión preventiva oficiosa, que permite enviar a la cárcel a los acusados en una serie de delitos -concretamente, 16, contra la vida, la libertad e incluso la propiedad- en la primera fase de la investigación y sin que lo decida un magistrado.

El presidente Andrés Manuel López Obrador es un defensor de la figura y en 2019 amplió el catálogo para que se aplique también en tres delitos fiscales. Sin embargo, a finales de 2022, tras una larga discusión, el pleno de la Suprema Corte de Justicia ordenó sacarlos de la lista.

La sentencia de la CorteIDH citó los decisorios que abordan la PPO, indicó que el artículo 19 de la Constitución es contrario a la Convención Americana; advirtió que la norma no menciona las finalidades del encarcelamiento ni los peligros procesales que buscaría precaver y que omite la exigencia de hacer un análisis de la necesidad de la medida frente a otras menos lesivas para los derechos de las personas procesadas.

Además, resaltó que limita el rol del juez y supone un acto exento de todo control real porque le impide a los imputados controvertir los hechos o discutir su fundamento.

“En lo que se refiere a la figura de la prisión preventiva oficiosa, esta Corte ordena al Estado, como lo ha hecho en otros casos, adecuar su ordenamiento jurídico, incluyendo sus disposiciones constitucionales, para que sea compatible con la Convención Americana”, expuso.

Mandato
Como la sentencia del tribunal internacional es vinculante, el gobierno de México y la Suprema Corte deberán definir jurídicamente cómo acatarán el mandato.

La desaparición de la PPO beneficiaría a miles de personas alojadas en penales del país sin condena, cuyo número se ignora porque el Ejecutivo no difunde datos desglosados.

Aunque la Constitución pone como máximo dos años en la PPO, la saturación de los tribunales y la extensión de los procesos judiciales mantienen a las personas durante años en la cárcel sin sentencias.

Hasta ahora, García y Alpízar tienen el registro más largo de alguien tras las rejas con esa modalidad y la Corte Interamericana responsabilizó a México por ese plazo.

“La demora en la investigación y el proceso por más 20 años no se puede explicar por la complejidad del proceso ni por la conducta de las presuntas víctimas, sino por una actividad dilatoria atribuible al Estado”, apuntó.

Paralelamente, estableció que las detenciones fueron ilegales porque “no se ajustaron a ninguna de las hipótesis permitidas en las normas internas para aprehender a una persona”.

Expuso que los hombres no fueron informados de por qué eran arrestados ni llevados ante un juez hasta más de un mes después porque se los mantuvo bajo arraigo, una figura inconvencional.

También subrayó que fueron torturados y obligados a inculparse. “Las declaraciones, obtenidas en condiciones de coacción y tortura, fueron utilizadas en distintos actos procesales del proceso penal llevado a cabo en su contra”, sumó.

Impunidad
En julio de 2022, de acuerdo a la ONG Reporteros Sin Fronteras (RSF), México era el segundo país más peligroso para ejercer el periodismo, después de Birmania.

El grupo ya había cursado advertencias sobre las actitudes hostiles del presidente López Obrador contra la prensa y le pidió nuevamente a su administración que encabeza proteja a los periodistas.

Lo hizo a través de la publicación de un comunicado a página completa de la edición impresa del diario The Washington Post.

RSF apuntó a la impunidad como uno de los factores que pone en jaque a la práctica periodística y subrayó que impera en el 90% de los casos.

“El Gobierno mexicano debe condenar la violencia contra los periodistas y reforzar la protección hacia la prensa”, ponderó.

Discurso
A la fecha, aunque el discurso del oficialismo mexicano habla de una merma de homicidios y secuestros, un informe de enero pasado de Human Rights Watch (HRW) consignó que los delitos violentos llegaron a “picos históricos” durante la gestión del morenista.

Además, indicó que los niveles de impunidad se mantienen altos, con apenas uno por ciento de los casos resueltos.

El grupo aclaró que aunque las autoridades suelen atribuirle el flagelo a acciones de cárteles delictivos, la mayoría de los ilícitos no se investigan y no se identifica ni se enjuicia a los responsables.

Desde que asumió la presidencia, a finales de 2018, López Obrador presenta informes oficiales que reportan caídas importantes en los crímenes; en especial, contra la vida.

Con base en ello, pregona el éxito de su política de “abrazos y no balazos”.

Seguridad
En diciembre del año pasado, el subsecretario de Seguridad mexicano Ricardo Mejía Berdeja afirmó que los asesinatos están a la baja, con “una disminución muy relevante” en noviembre, el mes, dijo, “con menos homicidios dolosos en los últimos seis años”.

No obstante, los datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (Inegi) muestran que el país sigue estancado en altos niveles de violencia.

El Inegi reportó que México registró 35.625 homicidios en 2021, una cifra similar a la de 2020, y que aunque la tasa se redujo de 29 a 28 cada 100 mil habitantes, la violencia sigue instalada.

El informe de HRW denunció que las políticas de seguridad del Gobierno no sólo no lograron frenarla sino que también pueden incurrir en graves violaciones a los derechos humanos.

“Policías, fiscales y soldados utilizan habitualmente la tortura para obtener confesiones y cometen otros abusos contra personas señaladas por delitos. El sistema de justicia no asegura las garantías de debido proceso”, alertó el organismo, que critica la constante militarización de la seguridad.

“Es habitual que policías, fiscales y soldados usen la tortura para obtener información y confesiones. En la encuesta más reciente a personas encarceladas que realizó el organismo oficial de estadísticas en julio de 2021, casi la mitad de los encuestados señaló que policías o soldados los habían sometido a abusos físicos. Entre quienes habían confesado algún delito, el 38% manifestó haberlo hecho solo porque las autoridades los habían golpeado o amenazado”, expuso HRW.

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