La magistrada interviniente valoró que la cadena supermercadista demandada no ejerció el debido control sobre la empleador del trabajador, en cuanto a sueldos y cargas sociales impagas
Al surgir de la prueba producida que el servicio de panificación realizado en los locales de propiedad de la codemandada Jumbo Retail Argentina SA y brindados por la empleadora del trabajador accionante, Panificados Del Centro SA, se desarrollaban como una actividad normal, propia y específica del supermercado, la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba admitió la responsabilidad solidaria de la cadena supermecadista por las deudas laborales debidas al actor, ante su falta de control del pago de salarios y cargas fiscales.
Pablo Ricardo Carballo presentó demanda laboral en contra las empresas antes referidas, denunciando que ingresó a prestar servicios en la firma panificadora accionada el 1/3/2011, en el área de producción de panificados. Esgrimió que la empleadora realizó la producción en el mismo inmueble, ubicado en el predio en el que se localizara sucesivamente Supermercados Americanos, Disco y Vea, de propiedad originariamente de Casa Petrini y luego Disco SA, hoy absorbido por la codemandada Jumbo Retail.
Carballo destacó que el total de la producción que efectuaba la accionada era para los supermercados antes referidos, aseverando que también estuvo bajo la dirección de Jumbo, atendiendo clientes exclusivos, controlando y dirigiendo la actividad de la planta y sus labores.
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