El tribunal entendió que en el caso no se aplicaba la renuncia a dicha jurisdicción, impuesta en el contrato por el que se efectuó la transacción
Al interpretar que la causa iniciada por la empresa Impac SA, mediante la cual solicitaba que se multara a la Provincia de Córdoba por no entregar el inmueble pactado, si bien involucra normas de derecho privado, debe resolverse primordialmente aplicando el derecho público; y, siendo que la cuestión de competencia involucra el orden público no disponible por las partes, por lo cual no pueden renunciar a la jurisdicción aplicable, la Cámara 1ª en lo Contencioso-administrativo de la ciudad de Córdoba rechazó la excepción de incompetencia opuesta por la demandada.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.