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Por el robo de motovehículos, irá a juicio el responsable del depósito judicial Potrero del Estado

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La Justicia de Córdoba resolvió enviar a juicio a Juan Eduardo Frasinelli, responsable del depósito judicial Potrero del Estado acusado por la desaparición de 23 motovehículos que habían sido secuestrados en causas penales y que se encontraban al resguardo en dicho predio.

El juez de control Gustavo Hidalgo dispuso elevar la causa a juicio tras considerar al comisario probable autor penalmente responsable del delito de omisión de deberes del oficio.

El magistrado convalidó la investigación de la Fiscalía de Instrucción en lo Penal Económico de Primera Nominación. A criterio del magistrado, estos hechos no podrían haber ocurrido si el comisario Frasinelli hubiera cumplido con su deber de actuar de la forma que correspondía como comisario jefe de la dependencia referida, conforme la Ley 9728, artículo 15 incisos b y c. Los objetos sustraídos por la falta de control se encontraban secuestrados a disposición de diversas autoridades judiciales. 

En otro párrafo de la resolución, el juez Hidalgo dijo que no surgen dudas de que la omisión atribuida al imputado se tradujo en un incumplimiento injustificado de sus deberes genéricos de custodia, pues debía conocer que era parte de su responsabilidad disponer la custodia de los bienes que se encontraban bajo su resguardo.

En la resolución, el magistrado agregó: “No caben dudas de que, en el período de tiempo en que el imputado se desempeñó como comisario, se sustrajeron numerosos motovehículos de la dependencia a su cargo. Se desconoce, o al menos no obran constancias en la causa, de las medidas en general adoptadas para optimizar la vigilancia y resguardo frente a tales episodios. Claramente, no se trató de un hecho aislado, siendo lo más llamativo la evidente falta de cuidado y protección del predio donde se encontraban en resguardo tales rodados”. 

“Había poca iluminación, no se contaba con cámaras de seguridad y se observaba maleza forestal que, hacia mediados del año 2020, por ejemplo, había alcanzado unos dos metros de altura”, enfatizó el juez Hidalgo. 

Por otro lado, afirmó que “no se puede arribar a una conclusión diferente, si se tiene en cuenta el cargo que ostentaba dicho imputado, pues claramente debía estar en conocimiento de los sucesos acaecidos durante su función (no solo tenía acceso directo al libro de guardias, sino que a él se dirigían todas las novedades que asentaran los subalternos). 

“Mal podría haber desconocido o ignorado los múltiples faltantes de los rodados que se encontraban bajo su custodia y las precarias condiciones de seguridad existentes en el predio donde éstos estaban a resguardo, de lo que se deduce que no solo prescindió de su deber de custodia, sino que además lo hizo a sabiendas de las consecuencias que ello traía aparejado”, sostuvo. 

La resolución concluye que, de tales circunstancias, se deduce la intención de haber querido obrar en tal sentido y más aún, por haber prescindido de arbitrar los medios necesarios para hacer cesar los hechos delictivos ocurridos. 

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