La empresa demandada hizo ingresar al demandante sin requerirle las certificaciones a las que la obliga la ley y luego lo cesanteó invocando la falta de entrega de aquéllas
La Sala 1ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba sostuvo que el despido de un vigilador no contó con una causa eficiente apta provocar una injuria capaz de quebrar la relación laboral.
En el caso, el tribunal tuvo en cuenta que la demandada El Trébol SRL hizo ingresar al accionante como personal de vigilancia, cuando la ley que regula la actividad exige que previo a su alta el trabajador deberá presentar una serie de documentos, lo cual no fue cumplido por la empresa demandada. Al respecto, se destacó que se mantuvo al trabajador prestando el servicio de seguridad durante tres años de manera “irregular” antes de despedirlo.
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