sábado 28, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Insisten en que no es necesaria relación previa para que haya femicidio

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La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de la Provincia de Buenos Aires confirmó la condena a prisión perpetua de Néstor Montiel por el crimen de Nadia Arrieta y reiteró que no es necesario que un hombre tenga una relación previa con la víctima para ser condenado por femicidio.

También destacó que los peritajes establecieron el perfil misógino del acusado y que ejerció poder y violencia para humillar a la joven, a quien degolló, en 2018, en un comercio de la localidad de Villa Tesei.

Así, ratificó la sanción que el a quo le había impuesto a Montiel, de 42 años, por homicidio doblemente calificado por femicidio alevoso.


“La circunstancia de que el agresor no conociera previamente a la víctima -femicidio no íntimo- no impide la aplicación de la agravante, ya que lo decisivo es que los elementos típicos de la violencia de género se encuentren configurados”, destacó la Corte bonaerense.


El juicio se tramitó ante Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de Morón (Buenos Aires).

En 2020, la Casación bonaerense ratificó la sentencia condenatoria pero la defensa oficial apeló por lo que definió como la “arbitraria y errónea aplicación de la agravante femicidio”.

La presidente de la SCJ, Hilda Kogan, redactó el voto al que adhirieron sus colegas Sergio Torres, Daniel Soria y Luis Genoud.

“La circunstancia de que el agresor no conociera previamente a la víctima -femicidio no íntimo- no impide la aplicación de la agravante, ya que lo decisivo es que los elementos típicos de la violencia de género se encuentren configurados”, indicó Kogan, quien precisó también que a los peritajes psiquiátrico y psicológico que refrendaron un perfil misógino del imputado, se les sumaban las características del hecho. “El haber buscado Montiel la oportunidad de atacar por sorpresa a una mujer que se encontraba sola e indefensa, haberla golpeado e inmovilizado y haberle quitado sus pantalones, arrastrado y posicionado a su merced previo a ultimarla, son circunstancias comprobadas que traslucen una relación de violencia y poder y dan cuenta de cómo el imputado transformó a su víctima en un objeto, denigrándola y aumentando así su humillación”, enfatizó la jueza.

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