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Ingresó al Senado otro proyecto para crear un registro nacional de deudores alimentarios

PROVINCIAS. Cada una cuenta con sus propios mecanismos.
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Al igual que otra iniciativa que ya tiene media sanción en Diputados y debería ser tratada por la Cámara Alta, prevé la puesta en marcha de una base de datos de morosos que abarque todo el país

En noviembre del año pasado, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que propone la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (ReNDAM), con el objetivo de conformar una base de datos nacional que permita sancionar a los progenitores que no cumplan con las cuotas que deben abonar para la manutención de sus hijos.

La dependencia funcionaría en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

La iniciativa, que se giró al Senado, se aprobó casi por unanimidad: solo José Luis Espert (Avanza Libertad) se pronunció en contra.

El economista estimó que, si bien “persigue fines loables”, es inconstitucional porque tiene carácter procesal, una materia que es de competencia exclusiva de las provincias.

En la actualidad, todas las jurisdicciones del país cuentan con su propio registro de deudores alimentarios morosos y lo que propone el texto que fue girado al Senado es concentrar todos los datos en una sola base.

Impedimentos
La iniciativa, que tiene 20 artículos, prevé una serie de impedimentos para quienes queden inscriptos en el ReNDAM, como no poder abrir cuentas bancarias ni sacar o renovar tarjetas de crédito y pasaportes y licencias de conducir.

Además, prohíbe que concreten inscripciones o anotaciones en los registros de la propiedad inmueble y que sean adjudicatarios de viviendas sociales a título oneroso.

También establece que los morosos no puedan ingresar a eventos y torneos deportivos masivos ni a casinos o casas de juego.

El texto se elaboró con base en propuestas formuladas por los legisladores Cecilia Moreau, Julio Cobos, Roxana Reyes, Paula Oliveto, Carla Carrizo, Jimena López y el ex diputado Marcelo Koening.

Debate
Antes de que Diputados le diera media sanción, ocurrió un interesante debate en un plenario de las comisiones de Legislación General, Familias, Niñez y Juventudes y Justicia.

La diputada Carolina Yutrovic (Frente de Todos, FdT) recordó que en el país hay un alto índice de incumplimiento de prestaciones establecidas en sentencias y acuerdos homologados, y que esta problemática, si bien afecta más a sectores de bajos ingresos, atraviesa todas las clases sociales.

Yutrovic detalló que hay mediciones en la provincia de Buenos Aires que indican que 66% de las madres no recibe ningún aporte económico de los progenitores.

Por su parte, Cobos (UCR) enfatizó que incumplir la cuota alimentaria es un delito que afecta los derechos del niño.

Diferencias
El diputado Pablo Tonelli (PRO) planteó sus diferencias con algunos puntos de la redacción del proyecto.

Consideró que éste “debería ser algo parecido a un buzón al que llegue la información”, y que no es necesario crear un organismo nuevo sino implementar algo “muy mínimo que funcione online”, con el fin de que las altas, bajas y modificaciones las decidan los jueces de las provincias.

“La obligación de consultar si determinada persona figura o no en el ReNDAM es del organismo, el ente o la entidad a la que se dirige a hacer un trámite. Tiene que estar bien claro que no les podemos imponer a todos los habitantes la obligación de tramitar un certificado de no deudor”, resaltó.

También observó que la propuesta no incluye sanciones para los organismos o entidades que no consultan al registro antes de otorgar distintas solicitudes.

A su turno, Graciela Camaño (Identidad Bonaerense) opinó que el tema central es decidir cómo lograr que en un país con una economía tan informal los deudores cumplan, y que la legislación no tiene ninguna cuestión que se pueda tildar de inconstitucional.

Por su parte, Oliveto (CC-ARI) destacó que los autores de las distintas iniciativas cedieron para “construir un consenso” y que ese proceso de negociación debe seguir para llegar al recinto con un texto que cuente con el mayor acuerdo posible.

Paula Omodeo (CREO) argumentó que algunos incisos podrían ser problemáticos a la hora de generar una fuente de trabajo para que el deudor pueda cumplir, y apuntó al impedimento vinculado con habilitaciones para abrir comercios o industrias.

“Hay que pensar muy bien que podemos tener muy buenas intenciones pero después podemos generar verdaderos problemas”, afirmó.

En tanto, Carrizo (Evolución Radical) anticipó que buscará cambiar tramos de la redacción que tienen “un sesgo adultocéntrico”.

Al respecto, criticó que sólo en el artículo 15 nombra a los niños. “La primera concientización es nombrarlos, no sólo sufren las mujeres”, sostuvo.

A su vez, manifestó que con el registro nacional “no se está innovando en nada” porque todas las democracias del mundo tienen mecanismos similares.

También pidió “no tener ningún temor porque no hay ningún derecho vulnerado”.

En esa línea, resaltó que el objetivo del proyecto es hacer que violar el derecho a la alimentación de un niño sea costoso. “No hay ninguna tensión constitucional”, aseguró.

Ahora, el senador oficialista Daniel Bensusán presentó en la Cámara Alta un nuevo texto para poner en marcha el denominado ReNDAM, que se se suma al anterior.

“La sociedad argentina tiene cada vez más conciencia de que la persona que incumple la cuota alimentaria acordada no lo hace perjudicando a adultos sino a sus propios hijos e hijas y esto es inaceptable”, manifestó.

Fundamentó el impedimento para inscribirse como aspirantes a guardas con fines de adopción que incluye su iniciativa, precisando que quien no paga una cuota alimentaria acordada “no garantiza de ninguna manera que pueda ser responsable de menores”.

La iniciativa establece que se considerará “persona deudora alimentaria en mora” a la obligada al pago de cuotas alimentarias provisorias o definitivas establecidas mediante resolución judicial o convenio homologado judicialmente “que se encuentre incursa en mora por falta de pago de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas”, previa intimación y siempre que no hubiere probado su cumplimiento.

En tanto, el artículo 7 del proyecto establece que se deberá exigir el certificado de cumplimiento para una serie de trámites, como la expedición o renovación de pasaporte; la apertura de cuentas bancarias; el otorgamiento o renovación de tarjetas de crédito; la postulación y/o desempeño de cargos públicos electivos y la postulación y/o desempeño de cargos sindicales.

Paralelamente, el artículo 9 reza que los inscriptos en el registro no podrán salir del país sin autorización judicial.

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