El tribunal entendió que los coherederos no necesitan ejercer ningún acto sobre el acervo hereditario para demostrar que tienen su posesión
Al interpretar que los herederos toman posesión de los bienes hereditarios por el solo hecho de la muerte del causante, sin necesidad de realizar acto alguno, la Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba rechazó la apelación presentada por una de las coherederas, quien se negaba a cumplir con la cesión de derechos realizada a favor de los otros coherederos en el juicio de partición de herencia, aduciendo que habían perdido la posesión del campo reclamado, lo cual no pudo demostrar en la causa.
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