El tribunal valoró que, en este tipo de juicio, si bien no hay contenido económico específico, se deben considerar los parámetros de referencia monetarias que, en este caso concreto, sí existieron
Al ponderar los elementos monetarios que existieron en la causa, órdenes de pago para cubrir tratamientos médicos, y las pautas cualitativas de la actividad del letrado, en su actuación en un amparo de salud, la Cámara 6ª en lo Civil y Comercial de Córdoba admitió parcialmente la apelación presentada por el letrado, revocando la resolución del a quo que le había ordenado la regulación del mínimo legal y ordenando se realice una nueva regulación.
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