lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Fallo de la Cámara Electoral por igualdad de género en partidos

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La Cámara Nacional Electoral emitió un fallo que atiende a la situación de subrepresentación que tienen las mujeres en los cargos de liderazgo dentro de las agrupaciones políticas.
Los jueces Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via se pronunciaron en el caso planteado por afiliados de la fuerza “Unión Popular”.
Cuestionaron la legitimidad de la integración de los órganos directivos y dispusieron la intervención judicial de la agrupación para normalizar situaciones irregulares vinculadas con el incumplimiento de la ley de cupo femenino.
En su fallo, consideraron que, conforme la legislación aplicable -en especial el artículo 37 de la Constitución Nacional- “los partidos políticos tienen un rol esencial en la construcción de un sistema democrático inclusivo, que permita a las mujeres participar en pie de igualdad con los hombres en el juego político y en el interior de sus organizaciones”.
Con referencia a doctrina internacional especializada, los jueces advirtieron de que “si se quiere avanzar en materia de igualdad de género en los partidos y la política pública nacional, es importante abordar la subrepresentación de las mujeres en los cargos de liderazgo al interior de los partidos”.

Jueces
La trascendencia del pronunciamiento no se limita al caso individual resuelto sino que se proyecta en el desarrollo de la vida interna de todas las fuerzas reconocidas y en formación, tal como surge de la decisión de comunicar la sentencia a los jueces federales con competencia electoral en todo el país y, por su intermedio, a los partidos.
La Cámara Nacional Electoral interpretó muchas veces las disposiciones de la ley 24012 (de cupo femenino), para tutelar la participación efectiva de las mujeres en las listas de candidatos a cargos públicos electivos.
Sin embargo, en lo que respecta a la cobertura de cargos partidarios, pese a que la legislación de partidos políticos remite a las disposiciones de aquélla, hasta ahora la cuestión no se había planteado en una causa judicial.

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