Se ratificó que la actora no acreditó siquiera indiciariamente que el problema que sufrió se debiera al uso regular del producto. Se descartó también que la firma incumpliera deberes en materia de información, seguridad y salud
“La empresa fabricante de lentes de contacto no es responsable frente al consumidor si no está acreditado, siquiera indiciariamente, que la patología sufrida por éste en la visión de un ojo hubiese obedecido sin más, a su uso crónico y regular”.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a