domingo 22, diciembre 2024
domingo 22, diciembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Establecen que honorarios por actuación en comisión médica son independientes del juicio

ESCUCHAR

La cámara interviniente validó la regulación de estipendios por las labores de un letrado en sede administrativa, bajo el parámetro de una acción ordinaria

La Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba rechazó la apelación de  Provincia de Córdoba que objetaba la sentencia de primera instancia que reguló honorarios a un abogado por su labor como patrocinante de un demandante en el trámite realizado ante la Comisión Médica N° 5. El tribunal entendió que sí correspondía abonarles a los letrados un estipendio por por sus tareas en esa sede administrativa, más allá de que luego el patrocinado iniciara la acción jurisdiccional, y validó que se regule aquél conforme las normas de los juicios ordinarios  y no como un incidente, ya que así lo establece la legislación.

Apoyá el periodismo especializado e independiente

Este contenido es exclusivo para suscriptores.

Accedé a todo nuestro contenido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?