Previo a iniciar el nuevo Procedimiento Declarativo Abreviado, los demandantes deben pasar por la comisión médica a los fines de que se dictamine sobre sus reclamos, para así poder recurrir a la justicia
La Sala 11ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba confirmó la resolución del juez de conciliación, apelada por el accionante, y validó la necesidad de agotar la vía administrativa previa ante la comisión médica con un dictamen del cual surja la divergencia en la determinación de incapacidad o, en su caso, el rechazo del reclamo efectuado, para que proceda el procedimiento declarativo abreviado (PDA).
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