En el marco de una causa por lavado de dinero que se instruyó en Lomas de Zamora, la Cámara Federal de La Plata ratificó que a Karina Moyano, la hija del líder del Camionero, le serán retenidos 600 mil pesos y 434 mil dólares.
Los activos fueron hallados en su domicilio, tras un allanamiento que se realizó en relación a un caso de narcotráfico y se investiga su origen.
El trámite en Lomas de Zamora comenzó en 2018. En el expediente por supuesto narcotráfico intervino el titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), Diego Iglesias.
Fueron allanados varios domicilios, uno de los cuales fue el de Karina Moyano.
Por un cambio de composición de los juzgados, la causa siguió en el despacho de Juan Pablo Augé, pero delegada en la PROCUNAR.
Durante la feria judicial de verano, el juez Villena subrogaba el juzgado de Augé y dictó el sobreseimiento de la hija del líder sindical, reintegrándole el dinero.
Por ese paso, Villena fue denunciado por Iglesias y su colega Cecilia Incardona ante el Consejo de la Magistratura de la Nación.
Pidieron su juicio político alegando que Villena habilitó la feria sin existir ninguna de las causales normadas procesalmente y que le imprimió el veloz trámite de tres días a dos pedidos defensivos que no se fundaron “en una sola razón de urgencia”.
Además, denunciaron que dictó el sobreseimiento de una persona “sin conocer las constancias del expediente, sin tener a su cargo la investigación y sin ser el juez natural del caso”.
Mientras se realizaba aquella presentación, el juez Augé se reintegró a su juzgado, firmó la nulidad de lo resuelto por Villena y le ordenó a Karina Moyano reintegrar el dinero, medida ahora que fue confirmada por la Cámara Federal de La Plata.
Entre otros argumentos, la Alzada consignó que la circunstancia de que el juez Villena no haya conocido las actuaciones al momento de resolver, tornaba nulo todo el procedimiento, incluyendo la devolución de los fondos bajo investigación.
“Se advierten en la resolución anulada una serie de irregularidades en torno a la participación y al cercenamiento de las facultades del Ministerio Público Fiscal que afectaron el debido proceso, provocaron un gravamen irreparable a esa parte y, por tanto, provocaron la invalidez de la decisión dictada”, añadió.