El reglamento previsto por el organismo estipula que el plazo no debería superar los ocho meses y medio. Entre el llamado a concurso y el sorteo de jurados transcurre la mayor parte del tiempo. Actualmente hay 251 vacantes
Por Silvina Bazterrechea – [email protected]
Las demoras en los concursos del Consejo de la Magistratura de la Nación siguen siendo el talón de aquiles de este organismo, que no consigue concretar la selección de magistrados con la celeridad y la urgencia que muchas veces requiere la cobertura de una vacante.
Según un informe de Políticas Públicas sobre el Poder Judicial que se realizó en el marco de la iniciativa “Justiciapedia”, una plataforma realizada en conjunto por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y Chequeado, desde el llamado a concurso hasta la realización de la entrevista personal (último paso evaluativo) transcurren 635 días, esto es un promedio de dos años y nueve meses.
Cabe destacar que los concursos tienen un plazo determinado según el Reglamento de Concursos del Consejo de la Magistratura, el cual, desde el sorteo hasta el envío de la terna, no puede durar más de 176 días hábiles judiciales, lo cual equivale a aproximadamente 8 meses y medio. Aunque resulte extraño, entre el llamado a concurso y el sorteo de jurados se producen las demoras más prolongadas. Transcurren 519 días corridos, lo que equivale a aproximadamente 325 días hábiles judiciales. Cabe aclarar que este plazo varía según el cargo, el fuero y la jurisdicción.
En la etapa de evaluación, las mayores demoras se observan en el análisis de los antecedentes de los concursantes, que es realizado por un consejero sorteado.
Propuestas
Además de describir la situación en la que se encuentran los concursos dentro del Consejo de la Magistratura, el trabajo plantea algunas recomendaciones y destaca la necesidad de establecer en el reglamento un plazo razonable desde la producción de la vacante en un juzgado hasta que el Consejo de hace el llamado a integrar el jurado.
También se advierte de que sería conveniente complementar el plazo entre la vacante y el sorteo de jurados con un mecanismo que permita solicitar la apertura del concurso a solicitud de la cámara que ejerza superintendencia sobre el juzgado vacante, de los jueces del fuero, de los colegios profesionales de abogados, de los abogados y de los ciudadanos en general. Una vez ingresado el pedido a la comisión, debería comenzar a correr el plazo para que se dé inicio al concurso.
En la misma sintonía, se recomienda establecer un plazo razonable entre la resolución que determina el llamado a sorteo de jurados y el llamado al concurso, para que entre el momento en que se produce la vacante y el llamado a éste no transcurran plazos excesivos.
Para los expertos, otro aspecto a implementar tiene relación con el sistema de notifcaciones y respuestas electrónicas que agilice el sistema de designación de jurados. Un sistema de este tipo simplificaría las notificaciones que actualmente se realizan por correo, particularmente en aquellos concursos del interior, indica el informe.
Sanción para el incumplidor
El estudio destaca que el establecimiento de plazos no resulta suficiente si no se prevé una herramienta compulsiva que funcione como sanción para quienes intervienen en los concursos. “La falta de un régimen sancionatorio, tanto legal como reglamentario, tiene como consecuencia que las violaciones de los plazos reglamentarios no producen consecuencia alguna, a pesar del evidente daño en el servicio de Justicia. Es recomendable que el Consejo establezca un sistema de sanciones que se apliquen a los responsables en caso de que no se cumplan con los plazos concursales”, destacaron.
Las vacantes
El total de cargos en el Poder Judicial de la Nación es de 979, de los cuales 251 se encuentran vacantes. De aquel total, el informe indica que 2 vacantes se encuentran con pliegos en el Senado de la Nación; 34, en trámite en el Poder Ejecutivo; 3, sin concurso abierto aún, y las restantes 213 se encuentran con concurso abierto en el Consejo de la Magistratura.