La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó un fallo de primera instancia y dispuso la prohibición de salir del país y la traba de un embargo sobre la indemnización que pudiere percibir el padre accionado, quien incumplió sus deberes alimentarios.
“Ni la insuficiencia de ingresos ni su carencia relevan al alimentante de su obligación respecto de sus hijos, pues se encuentra constreñido a trabajar de manera de procurarse recursos necesarios con el objeto de satisfacer los derechos derivados de la responsabilidad parental”, resaltó la alzada.
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