El tribunal ratificó lo dispuesto en primera instancia y subrayó que la causa de la obligación podrá discutirse en un juicio ordinario posterior que deberá iniciar el aquí ejecutado
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.