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Detenciones que ordenaba Márquez eran propias de un régimen totalitario

Divulgaron ayer los fundamentos de la sentencia que, por unanimidad, condenó al comisario retirado Pablo Alejandro Márquez a la pena de tres años de prisión.
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La Cámara  6ª del Crimen de la ciudad de Córdoba divulgó ayer los fundamentos de la sentencia que, por unanimidad, condenó al comisario retirado Pablo Alejandro Márquez a la pena de tres años de prisión con inhabilitación especial por el término de seis años para ejercer cualquier cargo o empleo público por los delitos de abuso de autoridad continuada; abuso de autoridad reiterado y coacción.

En la sentencia, el tribunal -que estuvo conformado por jurados populares- consideró probado que el comisario ordenaba a sus subordinados que realizaran aprehensiones de ciudadanos “aun sin causa”, mediante la aplicación de distintas figuras del Código de Faltas (ley 8431).

“Ordenó ilegalmente que se realizaran prácticas que en los tiempos actuales sólo se encuentran en los regímenes totalitarios”, subrayaron los jueces en alusión a las conductas de Márquez.

De acuerdo con las declaraciones de los testigos, el imputado les exigía a los policías que prestaban servicio en el Comando de Acción Preventiva del Distrito Policial VIII “al menos dos detenidos por turno” para lograr hacer un “colchón” de personas detenidas por contravenciones. De esta forma, buscaba generar, frente a sus superiores y a la ciudadanía en general, “una impresión de eficiencia y efectividad”, a sabiendas de que las órdenes que impartía “eran ilegales por violentar las normas que regulan la materia”.

“La presión ejercida por el comisario Márquez sobre su personal era tal, que el que no cumplía con lo ordenado por él, sufría -a modo de sanción- recarga horaria, en tanto aquellos que sí lo hacían eran premiados con francos compensatorios. Además, a modo de reconocimiento, se les entregaban ‘diplomas’ que se exhibían en la comisaría; donde había, a su vez, un ‘cuadro de honor’ de la dupla policial destacada del mes -por la cantidad de detenidos, que con o sin causa habían logrado en dicho período- (…). De todo ello, no se dejaba constancia en ninguna parte, ya que las órdenes eran dadas en forma verbal y por frecuencia radial”, expresa el fallo.

Hacia arriba
El Tribunal ecomendó investigar a los “oficiales superiores y subalternos” de Márquez para “así separar los buenos de los malos; paso necesario pero no suficiente para producir cambios” en la fuerza de seguridad.

Los jueces Julio Guerrero Marín, Daniel Ottonello y Adriana Carranza entendieron que durante el juicio “ha quedado mostrado y demostrado que los mandos jerárquicos conocían de estas prácticas policiales ocultas, determinantes en la transmisión de valores y hábitos ajenos a un estado social y democrático de derecho”.

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