Los informes de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia corroboraron que ni el progenitor ni la madre ni las familias allegadas están en condiciones de mantenerlo
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo de 2ª Nominación de la ciudad de Río Cuarto rechazó el recurso de apelación interpuesto por el padre biológico de un niño, quien había sido declarado en estado de adoptabilidad y entregado en guarda con fines de adopción.
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