La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que el control sobre el cumplimiento de la medida cautelar firmada en diciembre de 2008, en la que se ordenó el cese de los desmontes de bosques en algunas localidades salteñas, debe hacerse efectivo a través de la justicia local de esa provincia.
La resolución se dictó a raíz del reclamo de algunas comunidades indígenas que denunciaron ante el Máximo Tribunal que no se estaba cumpliendo con la medida cautelar ordenada, dado que habían observado nuevos desmontes posteriores al aludido fallo de la Corte.